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Manifiesto del movimiento indígena en rechazo a la PEC 215 en el Congreso
brasileño. Brasilia, diciembre de 2015. Fuente: www.conferenciaindigenista.funai.gov.br.
El año de 2015 terminó
para los pueblos étnicos de Brasil con la participación de líderes y lideresas
en la COP-21, en Paris, denunciando las paradojas y contradicciones del
Gobierno brasileño en la articulación del Acuerdo del Clima. Brasil no hace su
“deber de casa” en relación a la protección
y conservación de las áreas protegidas (resguardos indígenas, territorios colectivos y unidades
de conservación), con destaque para las violaciones de
derechos con relación a la construcción de hidroeléctricas en la región
amazónica afectando territorios de los pueblos étnicos.
Así como denunciaron
los recientes retrocesos legislativos como la promulgación de la nueva Ley de Acceso
e Uso del Património Genético y Conocimientos Tradicionales (Ley n. 13.123, de 20 de mayo de 2015) que
reglamenta el Convenio sobre la Diversidad Biológica, sin consulta previa, violando expresamente el derecho al consentimiento libre,
previo e informado de los pueblos indígenas y comunidades tradicionales.
El derecho
originario de los pueblos indígenas sobre las tierras que tradicionalmente
ocupan está consagrado en el artículo 231 de la Constitución Federal brasileña.
El artículo 68 de sus Disposiciones Constitucionales Transitorias reconoce
expresamente los derechos de las comunidades negras autodenominadas “quilombolas”
a la propiedad permanente de las tierras que ocupan.
Pese a las
referidas garantías constitucionales, el Congreso Nacional (Senado y Cámara de
Diputados) tramita una Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC 215) con el
objeto de cambiar la competencia para la demarcación y titulación de tierras
indígenas y quilombolas que es exclusiva del Poder Ejecutivo. Los procesos administrativos de demarcación y
titulación son competencia de la Fundación Nacional del Indio (FUNAI) y del Instituto
Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA), para tierras indígenas y quilombolas
respectivamente. Con la propuesta de enmienda constitucional, el Legislativo busca tener la última palabra en materia
de homologación de la demarcación de tierras. Adicionalmente se dispone que el
Congreso podrá revisar las demarcaciones y titulaciones ya hechas, lo que significa
un riesgo de diminución de las tierras ya reconocidas por el Estado.
En los
espacios políticos, las fuerzas conservadoras oligárquicas han logrado cambios legislativos
que representan retrocesos en materia de derechos humanos de mujeres, derechos LGBT
y de grupos étnicos. En la Legislatura
actual (2015/2018), del total de 513 Diputados, 257 (51%) conforman el Frente
Parlamentar de la Agropecuaria, llamada también “Bancada Ruralista”, que junto
con la “Bancada Evangélica” defienden la siembra de granos transgénicos, los monocultivos
y la utilización de las áreas protegidas para mega proyectos extractivos, así
como represas y la explotación minera. No hay todavía en Brasil una
circunscripción nacional especial para comunidades indígenas y negras que confiera
a los pueblos étnicos alguna representatividad política.
En el Poder
Judicial tampoco hay avances significativos. En la demanda de la Tierra
Indígena Raposa Serra do Sol, el Supremo Tribunal Federal (STF) estableció 19
restricciones al derecho de usufruto exclusivo de los recursos naturales,
derecho de autodeterminación y derecho a la consulta previa, libre e informada.
Dicha decisión establece también un marco temporal para la verificación de la posesión
territorial, con basis en la fecha de promulgación de la Constitución Federal (5
de octubre 1988), con fines de demarcación y titulación de las tierras de pueblos indígenas. Amparado en esta
jurisprudencia, el Legislativo ha buscado incluir el criterio del marco
temporal en la Propuesta de Emenda Constitucional (PEC 215), lo que podría
implicar una afronta a los estándares internacionales sobre los derechos de los
pueblos indígenas.
La deconstrucción
jurídica del referido criterio pasa por entender que los derechos originarios
de los pueblos étnicos están relacionados con sus derechos a la vida, la
existencia y la integridad física, cultural y espiritual. El derecho al
territorio es congénito a la aparición o el nacimiento de las propias comunidades.
Con las
“Mobilizaciones Nacionales Indígenas y Quilombolas” coordinadas por la Articulación
de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB) y la Coordinación Nacional de la
Articulación de las Comunidades Negras Quilombolas (CONAQ), los pueblos étnicos
de Brasil rechazaron la PEC 215, reivindicando el derecho de participación y de
consulta previa en los actos legislativos que los afecten.
Negar el
derecho originario a la tierra es negar el derecho a la existencia de estos
pueblos y comunidades, manteniéndolos en la invisibilidad, mientras la
Constitución de 1988 trató de llevarlos a la visibilidad política y jurídica.
Los derechos étnicos son derechos fundamentales y como tales deben ser
interpretados como “cláusulas pétreas” constitucionales. La PEC 215 amenaza los
derechos garantizados por el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones
Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Notas de fin de
año:
- El 15 al 17 de Diciembre de 2015 se llevó a cabo en Brasilia la “1ª.Conferencia Nacional de Política Indigenista”. En la apertura de la conferencia, la Presidenta de la Republica, Dilma Rousseff, reafirmó la posición del Gobierno federal contrária a la PEC 215, en el sentido que esta propuesta retira poderes del Ejecutivo en matéria de demarcación de las tierras indígenas. Disponible aquí
- El 21 de Diciembre, después de 04 años de haber recibido la denuncia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH/OEA) dió trámite al caso de la represa de Belo Monte que afecta los pueblos de la cuenca del río Xingu. Disponible aquí .
- En la contramano del reconocimiento de los derechos de los grupos étnicos y la diversidade cultural, el 29 de Diciembre la Presidenta de la República veta el proyecto de ley n. 5.954 de 2013 que tenía como objeto alterar la Ley de Diretrizes de la Educación Nacional. La Presidenta veta el artículo que reconocía la necesaria implementación de la diversidad linguística y las particularidades de los pueblos indígenas en la enseñanza superior y procesos de evaluación educativa. Disponible aquí.
- El 30 de Diciembre un niño de la etnia Kaingang (Vítor Pinto, 02 años) fue brutalmente asesinado en la ciudad de Imbituba, Santa Catarina. Fuente: CIMI, 31 de diciembre de 2015. Disponible aquí.
*postado originalmente em: Blog DPLF Justicia en las Américas, 11 de enero de 2016.
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